En el ámbito jurídico solemos pensar en las palabras, los textos legales, los argumentos. Sin embargo, hay un lenguaje silencioso pero poderoso que también dice mucho: el lenguaje del cuerpo.
Las expresiones corporales —miradas, posturas, gestos, silencios— forman parte de nuestra forma de comunicarnos, incluso en contextos formales como una audiencia, una mediación o una entrevista legal. En el derecho, donde cada palabra tiene peso, también lo tiene cada gesto. No es lo mismo declarar encorvado y con la mirada baja que hacerlo con firmeza y contacto visual. La corporalidad, muchas veces ignorada, también es una forma de expresión jurídica.
¿Por qué importa el cuerpo en el ámbito jurídico?
Porque el derecho no se aplica en el vacío: se aplica sobre personas. Y las personas comunican más allá de las palabras. En audiencias de familia, laborales o penales, la manera en que alguien se presenta corporalmente puede ser interpretada como signo de credibilidad, de angustia o de violencia contenida. Por eso, es importante desarrollar una mirada empática y entrenada para leer también esos otros lenguajes.
Incluso los operadores jurídicos —abogados, jueces, funcionarios— transmiten desde su lenguaje corporal cierta predisposición, escucha activa o, por el contrario, desinterés. Esto también tiene consecuencias: en cómo se percibe el acceso a la justicia, la imparcialidad o el trato digno.
Cuerpo, subjetividad y derecho
La expresión corporal también se vincula con el reconocimiento de la identidad. En cuestiones de género, por ejemplo, el cuerpo ha sido históricamente un territorio de disputa jurídica: desde el derecho a decidir sobre él hasta el reconocimiento de identidades autopercibidas.
Aceptar que el cuerpo comunica, que tiene voz jurídica aunque no hable, es también ampliar nuestra concepción de justicia. Es salir del texto puro y ver al sujeto real, con su historia, sus marcas y sus silencios.
¿Qué podemos construir desde esta mirada?
Como profesionales del derecho, pero también como personas que acompañan procesos vitales, creo en la importancia de mirar a quien tenemos enfrente como alguien que no solo dice, sino que también siente, actúa, transmite. Incorporar el cuerpo a nuestra práctica profesional no es invadir la esfera privada, sino reconocer lo humano en lo jurídico.
Jurisprudencia en procesos de familia y audiencias de contacto
En estos casos, la observación de la conducta de los progenitores y de los niños durante las audiencias (por ejemplo, en cámara Gesell o entrevistas judiciales) es considerada clave.
"Del informe psicológico y la observación directa de la audiencia se desprende la incomodidad de la niña frente a la figura paterna, lo que coincide con lo manifestado en su declaración."
Expresiones corporales en el ámbito jurídico: el respaldo jurisprudencial
Aunque el lenguaje jurídico se construye principalmente con palabras, la jurisprudencia ha reconocido que el lenguaje corporal también forma parte del proceso de comunicación en el derecho. En diversas decisiones judiciales, tanto nacionales como internacionales, se ha puesto en valor la observación del comportamiento no verbal como herramienta de análisis de la prueba.
Un claro ejemplo es el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “Casal, Matías Eugenio y otro” (Fallos: 328:3399, año 2005), donde se sostiene que el juez que presencia el juicio oral tiene una ventaja sobre otros órganos revisores, ya que puede apreciar elementos que no se reflejan en el expediente, como el tono de voz, las pausas, las miradas o la postura corporal de quien declara:
“La inmediación permite al juez captar elementos del lenguaje gestual o no verbal que resultan esenciales para valorar la credibilidad de las declaraciones.”
De forma complementaria, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado que el comportamiento del imputado durante el proceso puede ser tenido en cuenta dentro del análisis general del caso, como se observa en “Fermín Ramírez vs. Guatemala” (2005), destacando que los aspectos actitudinales y de conducta pueden constituir signos relevantes, siempre que no afecten garantías como la presunción de inocencia.
Asimismo, en el fuero penal argentino y en procesos de familia, es frecuente encontrar valoraciones sobre la credibilidad de testigos, víctimas o progenitores, fundamentadas en la coherencia de su relato, pero también en su actitud corporal durante la audiencia. Esto incluye la firmeza en la exposición, la evasión de la mirada o el nerviosismo manifiesto.
Estos elementos demuestran que el cuerpo también “habla” en el proceso judicial, y que su lenguaje —aunque muchas veces sutil— es escuchado y valorado por los operadores del sistema de justicia. Reconocerlo no solo enriquece la interpretación de la prueba, sino que acerca el Derecho a una dimensión más humana y empática.
El cuerpo no miente. El Derecho tiene la responsabilidad de escucharlo, aunque no hable