El Principio de la Realidad Económica: Cuando la forma no lo es todo
En materia tributaria, la apariencia formal de un acto jurídico no siempre coincide con su verdadera esencia. El Principio de la Realidad Económica, establecido en el artículo 2° de la Ley 11.683, indica que la fiscalización debe centrarse en el contenido económico real de una operación y no únicamente en su forma jurídica.
¿Qué dice la ley?
Ley 11.683 – Artículo 2°:
“Para determinar la verdadera naturaleza del hecho imponible se atenderá a los actos, situaciones y relaciones económicas que efectivamente realicen, persigan o establezcan los contribuyentes...”
Esto significa que la Administración Federal (hoy ARCA, ex AFIP) puede analizar los hechos tal como ocurrieron realmente, más allá del “ropaje jurídico” utilizado. La ley autoriza a evaluar si la forma elegida por el contribuyente coincide con la verdadera finalidad económica del acto.
¿Cuál es su propósito?
Según Jarach, este principio privilegia la intentio facti (la intención real y el efecto económico) por encima de la intentio juri (la forma jurídica del acto). En términos simples:
No importa cómo se arme el negocio legalmente, sino cuál es su efecto económico real.
El objetivo central es impedir que estructuras jurídicas artificiales oculten la verdadera situación tributaria. Si dos operaciones generan el mismo resultado económico, deben tener el mismo tratamiento fiscal, aunque se presenten con formas jurídicas distintas.
Características principales del principio
- Prevalencia del contenido económico: La forma jurídica es secundaria frente al resultado real.
- Facultad de recalificación: El Fisco puede reinterpretar operaciones para encuadrarlas conforme al derecho privado.
- Lucha contra simulaciones: Evita maniobras tendientes a evadir o eludir tributos usando estructuras artificiosas.
- Tratamiento uniforme: Actos con igual efecto económico deben recibir la misma carga tributaria.
¿Por qué es fundamental en el derecho tributario?
Este principio asegura un sistema impositivo más equitativo y eficiente. Permite evitar abusos de forma, evita inconsistencias y garantiza que cada contribuyente tribute según la verdadera realidad económica de sus actos y no mediante formalidades diseñadas para distorsionar la base imponible.
En definitiva, la Realidad Económica busca preservar la justicia fiscal, asegurando que la carga tributaria recaiga sobre quien realmente debe soportarla según el hecho económico subyacente.